La publicación hecha por el Ministerio de Salud, sobre las prestaciones que garantiza la ley 21.030 en
despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo, determina el actuar de los profesionales de salud frente
a la solicitud, cuando exista riesgo de vida de la madre, inviabilidad fetal y violación.
La norma regirá para todos los prestadores de salud que realicen el procedimiento, ya sean públicos y privados que
suscriban convenio con los servicios de salud; de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad, y los privados.
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